Plazo
2 abril - 16 mayo 2019
La solicitud del certificado de inscripción en el censo podrá obtenerse de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral donde el/la interesado/a esté inscrito/a, al igual que en la modalidad de voto por correo ordinario. (Plazo: del 2 de abril al 16 de mayo de 2019).
Las especialidades de la modalidad del voto por correo del personal embarcado en esta primera fase del procedimiento son las siguientes:
a) La solicitud se cursa por radiotelegrafía;
b) En el mensaje se harán constar los siguientes extremos:
c) La solicitud, cursada por el servicio de radiotelegrafía, se envía a la Delegación Provincial del Censo Electoral.
d) A los efectos previstos en a) y b) del artículo 74 de la LOREG, los servicios de radiotelegrafía de los buques tendrán la consideración de dependencias delegadas del servicio de correos.
e) Lo/as Comandantes y Capitane/as o el/la Oficial/a en el que expresamente deleguen tendrán la consideración de funcionario/as encargado/as de la recepción de la solicitud.
Plazo
6-19 mayo 2019
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, una vez comprobada la inscripción de la persona interesada, considerará a todos los efectos como recibida la solicitud y procederá a remitir la documentación a que se refiere el artículo 73.2 de la LOREG a:
a) El puerto
b) o, en su caso, el/la armador/a, consignatario/a o buque que la persona electora hubiese designado, y a su nombre.
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