EN LAS ELECCIONES GENERALES 2026
PROCEDIMIENTO PERSONAS CON ENFERMEDAD O INCAPACIDAD PARA DESPLAZARSE
En las Elecciones para el Congreso de los Diputados y el Senado de 29 de noviembre de 2026, pueden votar por correo las personas censadas en la Comunidad Autónoma Vasca que se hallen imposibilitado/as por razón de enfermedad o incapacidad para depositar su voto personalmente el día de la votación.
Esta modalidad del voto por correo se encuentra regulada en el artículo 72 de la LOREG.
En caso de enfermedad o situación de imposibilidad, la Solicitud de voto por correo ha de acreditarse mediante CERTIFICADO MEDICO OFICIAL.
Este certificado es GRATUITO y debe ir firmado por un MÉDICO/A indicando el motivo de la IMPOSIBILIDAD.
PLAZO
SOLICITUD
6
octubre
19
noviembre
Conviene NO esperar al ÚLTIMO DÍA
El NOTARIO/A se desplaza al DOMICILIO del impedido/a para verificar su impedimento para votar en persona.
En ese momento, el/la notario/a extiende un PODER NOTARIAL a nombre de un APODERADO/A nuestro/a, a quien se le autoriza la capacidad de SOLICITAR EL VOTO POR CORREO en nombre del impedido/a.
Los documentos ORIGINALES del PODER NOTARIAL y el CERTIFICADO MÉDICO se guardan en el REGISTRO del NOTARIO/A.
El Notario/a realizará una COPIA para el APODERADO/A del CERTIFICADO MÉDICO y del PODER NOTARIAL.
Solicitar al Notario/a, al menos, 3 COPIAS AUTORIZADAS, a fin de evitar problemas a lo largo de la tramitación del Voto por Correo.
Sólo se puede 1 APODERADO/A por ELECTOR/A.
La solicitud la realiza nuestro APODERADO/A que debe acudir a la oficina de Correos y acreditarse con su DNI, PASAPORTE ó CARNET DE CONDUCIR, y presentar el PODER NOTARIAL y el CERTIFICADO MÉDICO.
Rellenar en el impreso de solicitud tanto los datos del ELECTOR/A como los del APODERADO/A, así como la DIRECCIÓN en la que recibirá nuestro/a apoderado/a la documentación.
PLAZO
ENVÍO DEL SOBRE
6
octubre
19
noviembre
Conviene NO esperar al ÚLTIMO DÍA
La documentación se recibe por CORREO CERTIFICADO en la dirección indicada por el/la APODERADO/A a nombre del ELECTOR/A.
Deberá tener a mano copia autorizada del PODER NOTARIAL para poder acreditar su identidad y la condición de APODERADO/A del ELECTOR/A.
En la documentación, además de una HOJA EXPLICATIVA se incluye:
PLAZO
RECEPCIÓN
9
noviembre
22
noviembre
El envío puede realizarse por cualquier persona sin necesidad de acreditar autorización alguna. Sin embargo, es totalmente recomendable conservar también por el/la APODERADO/A otra copia autorizada o fotocopia simple del poder notarial para presentarla ante la correspondiente Oficina de Correos
Se envía en el SOBRE con la DIRECCIÓN de la MESA:
PLAZO
ENVÍO DEL SOBRE
9
noviembre
25
noviembre
Conviene NO esperar al ÚLTIMO DÍA